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2013(e)ko maiatzaren 26(a), igandea

DOSSIER EL MUNDO SOBRE CUSTODIA COMPARTIDA

DOSSIER EL MUNDO

LINK VIDEO ABAJO


Se allana el camino hacia la custodia compartida. Esta semana, el ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, contaba en exclusiva a ELMUNDO.ES, que la equiparará por ley a la monoparental. Una filosofía que avalaba el Tribunal Supremo, que también se ha pronunciado en contra de su 'excepcionalidad'.
En 2012, los juzgados españoles registraron más de 127.000 separaciones. Las estadísticas muestran que en el 81% de los casos se concede el cuidado a las madres, mientras que sólo un 12% de las custodias son compartidas. Y es que, hasta ahora, sólo se contempla esta fórmula (artículo 92 del Código Civil) si existe un acuerdo entre los padres o, 'excepcionalmente', si lo reclama uno de ellos y hay un informe fiscal favorable, algo que, en la práctica, ataba de manos a los jueces y contra lo que ya se ha pronunciado el Constitucional.
En este Dossier abordamos en profundidad un tema lleno de matices. Hablamos con hombres que se sienten privados de su derecho a ser padres, madres que reclaman que se compense su dedicación a la familia, abogados, juristas, psicólogos, incluso detectives. Y parejas que, ellos sí, han sabido encontrar el consenso.

2013(e)ko maiatzaren 25(a), larunbata

2013(e)ko maiatzaren 24(a), ostirala

STOP A LA VIOLENCIA MACHISTA



FEDERACION DE EUSKADI DE MADRES Y PADRES SEPARAD@S
EUSKADIKO GURASO BANANDUEN FEDERAKUNTZA

KIDETZA



                                                         NOTA DE PRENSA

  • STOP A LA VIOLENCIA MACHISTA
  • NUESTRO APOYO A LOS FAMILIARES DE LA VICTIMA
  • LA PREVENCION ESTA FALLANDO.MAS INVERSION EN PROGRAMAS DE ATENCION DIRECTA A LOSCOLECTIVOS EN SITUACION DE RIESGO Y MENOS EN ESTRUCTURAS BUROCRATICAS Y PROPAGANDA.



Con motivo del asesinato en Llodio de una mujer a manos de su pareja la Federación de Euskadi de madres y padres divorciados-KIDETZA-manifiesta:

1º-Nuestra condena más firme  a este brutal asesinato que ademas deja huérfano a un menor.

2º-Nuestra condolencia a los familiares de la víctima.

3º-Como ya puso de manifiesto KIDETZA en su última rueda de prensa en Febrero la contenciosidad en los divorcios y la violencia intrafamiliar están subiendo de forma alarmante en la C.Autónoma Vasca,fundamentalmente en Bizkaia y Alava.Situación que la crisis económica está agravando.
Así mismo,una de los conclusiones del programa “Construir familia en igualdad”que Kidetza está llevando a cabo en la CAV ha sido que es necesario trabajar de forma continuada e intensiva entre los sectores de riesgo y sobre todo en la juventud los valores de igualdad,diálogo en la resolución del conflicto y respeto a las diferencias.

4º-Esta fallando por tanto la prevención.Los programas institucionales tienen una alcance limitado y los programas de las entidades sociales que trabajan el conflicto a pie de calle sufrieron unos recortes la pasada legislatura importantísimos.Y los resultados se reflejan en unos datos que una vez más denunciamos.

5º-Proponemos que se  aumente la inversion en aquellos programas preventivos que las ONGs desarrollan como pueden ser el de  atención integral a las familias en crisis,de atención y acompañamiento social a las mujeres maltratadas,apoyo a las nuevas familias etc.. tal como la ley vasca de apoyo a la familia prevee.

6º-Así mismo proponemos que se recorten aquellas partidas destinadas a propaganda y publicidad o estructuras burocráticas destinando estas cantidades a los programas preventivos de atención directa a los ciudadanos/as.



2013(e)ko maiatzaren 23(a), osteguna

SENTENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO FAVORABLE A LA CUSTODIA COMPARTIDA

LA SENTENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO CONSIDERANDO LA CUSTODIA COMPARTIDA COMO LO MEJOR PARA EL MENOR

La custodia compartida ´no se considerará excepcional´

El Supremo considera que esta medida será impuesta por un juez pero "fundada" en el interés del menor


El Tribunal Supremo considera que el régimen de custodia compartida de los hijos menores de edad en casos de separación o divorcio no se considerará excepcional y será impuesto por decisión del juez sin necesidad de un informe fiscal que lo avale, pero en todo caso, deberá estar fundado en el interés del menor afectado, que no de sus padres.
Así lo dicta la sala primera del Supremo en una sentencia que fija doctrina en torno a la interpretación de los apartados 5, 6 y 7 del artículo 92 del Código Civil, en lo relativo a los presupuestos que han de concurrir y valorarse para que pueda adoptarse, en interés del menor, el régimen de guarda y custodia compartida.


En la resolución, recogida por Europa Press, la sala recuerda que tras la sentencia dictada por el Tribunal Constitucional en octubre de 2002, la adopción del régimen de guarda y custodia compartida ya no depende del informe favorable del fiscal, sino únicamente, de la valoración que merezca al juez la adecuación de dicha medida al interés del menor.


"Es al juez al que, en el marco de la controversia existente entre los progenitores, corresponde valorar si debe o no adoptarse tal medida considerando cuál sea la situación más beneficiosa para el niño; y si bien se confiere a los progenitores la facultad de autorregular tal medida y el ministerio fiscal tiene el deber de velar por la protección de los menores en este tipo de procesos, sólo a aquel le corresponde la facultad de resolver el conflicto", dice la sala.


Además, parte de que la guarda y custodia compartida no es lo excepcional sino debe ser la regla general siempre que no resulte perjudicial para el menor y dice que así es como debe interpretarse el Código Civil, pues considera que "el mantenimiento de la potestad conjunta resulta sin duda la mejor solución para el menor en cuanto le permite seguir relacionándose establemente con ambos padres".


En este sentido, señala que la redacción del artículo 92 "no permite concluir que se trate de una medida excepcional, sino que al contrario, habrá de considerarse normal e incluso deseable, porque permite que sea efectivo el derecho que los hijos tienen a relacionarse con ambos progenitores, aun en situaciones de crisis, siempre que ello sea posible y en tanto en cuanto lo sea".


Con estos puntos de partida, concreta, no obstante, que procederá adoptar este régimen cuando además de existir una petición por parte de uno de los progenitores, "concurran criterios tales como la práctica anterior de los progenitores en sus relaciones con el menor y sus aptitudes personales; los deseos manifestados por los menores competentes y el número de hijos".


Asimismo, cita en estos criterios a considerar "el cumplimiento por parte de los progenitores de sus deberes en relación con los hijos y el respeto mutuo en sus relaciones personales; el resultado de los informes exigidos legalmente, y, en definitiva, cualquier otro que permita a los menores una vida adecuada, aunque en la práctica pueda ser más compleja que la que se lleva a cabo cuando los progenitores conviven".


La sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Seijas Quintana, responde a un recurso de casación planteado contra resolución de la Audiencia Provincial de Alicante, que negó fijar un régimen de custodia compartida en un caso de conflicto tras un divorcio y argumentó, entre otras razones, como la "menor estabilidad" que supone para los hijos, que según el Código Civil sólo se acordaría dicha modalidad "excepcionalmente y con informe favorable del ministerio fiscal" si no había acuerdo en los progenitores.


La sala se pronuncia sobre esta interpretación del Código Civil y además, manifiesta su desacuerdo con el resto de la argumentación de la Audiencia Provincial, porque no hace referencia al menor, que deber ser el centro del caso. "Se destacan las virtudes de cada progenitor en orden a su capacidad y voluntad de ejercer una paternidad/maternidad responsable, olvidando que lo que ha de primar es aquel sistema que en el caso concreto se adapte mejor al menor y a su interés, no al interés de sus progenitores", explica la sentencia.


Además, considera que la Audiencia expresa "una posición inicialmente contraria" a la custodia compartida al plantear "como problemas" lo que a juicio del Supremo "son virtudes de este régimen", como "la exigencia de un alto grado de dedicación por parte de los padres y la necesidad de una gran disposición de éstos a colaborar en su ejecución" que requiere.


Sin embargo, mantiene que no procede en este caso la custodia compartida "aunque por razones distintas" a las esgrimidad en la Audiencia Provincial: en este caso ninguno de los progenitores solicitó este régimen y no concurre "ninguno de los requisitos" anteriormente citados, que considera imprescincibles para que sea apropiado adoptar este sistema.

EL MINISTRO DE JUSTICIA EQUIPARA CUSTODIA COMPARTIDA CON MONOPARENTAL







el ministro Gallardon en una entrevista al diario "El Mundo" manifiesta que su gabinete está preparando un proyecto de modificación de la ley del divorcio,consensuado y que contempla la custodia compartida equiparada a la monoparental,dejando toda la decisión en manos del juez.Es decir tal como está ahora.

El tribunal Supremo acaba de dictar una sentencia en la que afirma que la norma en los divorcios debe ser la custodia compartida salvo cuando no sea lo mejor para el mejor.
La Confederación acaba de solicitar reunión con él.
Adjuntamos link
 

NOTA DE PRENSA DE LA CONFEDERACION ANTE LAS MANIFESTACIONES DEL MINISTRO DE JUSTICIA





NOTA DE PRENSA

Ayer el Ministro de Justicia S.Ruiz Gallardón hacía unas declaraciones afirmando que estaba ultimando el anteproyecto de ley estatal de modificación del divorcio,proyecto que previamente iba a consultar con CCAA,Ministerio de Sanidad y organizaciones representativas de las madres y padres divorciados.
Así mismo matizaba que el proyecto del Gobierno se basaba en proteger el interés del menor y por ello no iba a recoger la custodia compartida como norma preferente por suponer este sistema la custodia compartida automática y obligatoria.Tambien afirmaba que los paises de nuestro entorno europeo tenían en vigor legislaciones similares a las que su Ministerio iba a proponer:"dejar toda la decisión en manos del juez que es el que está más capacitado para interpretar lo que es mejor para el menor".

Ante estas manifestaciones la Confederación de Asociaciones de Madres y Padres Divorciados-Conpapaymama- quiere hacer las siguientes consideraciones:

1º-Nos congratulamos de que el Ministro afirme que va a presentar un proyecto de ley en breve y que este va a ser consultado y consensuado.
Hasta ahora el Ministro una y otra vez ha incumplido su palabra dada en sede parlamentaria y es un proyecto que se lleva en el mayor de los secretos.Por tanto le tomamos la palabra y esta misma semana vamos a pedir cita para que nos los explique y podamos aportar nuestras propuestas.

2º-La custodia compartida como modelo preferente no es custodia compartida impuesta ni obligatoria

La custodia compartida como modelo preferente parte del principio de respetar el interés supremo del menor y subordinar los intereses de los padres a los de los hijos.Por todo ello debe ser pedida por una o ambas partes,se impide el veto de cualquiera a la misma y el juez,en base a unos criterios objetivos ,la adjudicará siempre que no sea contraria al interés del menor.

3º-Una ley que iguale a todos los ciudadanos españoles ante la ley

El modelo propuesto por el MInistro discrimina a los ciudadanos en función de que C.Autónoma vivan.Así Aragón,Valencia tienen legislación que reconocen la custodia compartida como norma y Euskadi y Murcia tienen en sus respectivos Parlamentos proyectos de ley de custodia compartida como norma preferente,apoyados o presentados por el PP.


4º-Una ley democrática, que respete la opinión ciudadana e Institucional

·        321 Ayuntamientos,8 Diputaciones provinciales,2 Parlamentos Autonómicos,más de 250000 españoles/as con sus firmas han solicitado al Gobierno de España que regule una ley de custodia compartida como modelo preferente.
·        El Congreso de los Diputados,en acuerdo de Junio del año pasado,por mayoría absoluta,instó al Gobierno a que presentara un proyecto de ley contemplando la custodia compartida como norma preferente y que respetara las competencias de las CCAA.
·        Mas del 75% de la población esta a favor de la custodia compartida como modelo preferente.

5-Que el Ministro sea coherente con lo que defendió y aprobo siendo alcalde de Madrid el 3/Octubre de 2010

Siendo alcalde de Madrid,el 3 de Octubre del 2010 presentó,defendió y aprobó una moción a favor de regular la custodia compartida como modelo preferente.

6-Que la nueva ley del divorcio se adecue a las sentencias judiciales para no quedar obsoleta antes de ser aprobada

Una y otra vez van apareciendo sentencias de las audiencias provinciales que contemplan la custodia compartida como el mejor modelo para los menores en caso de divorcio en situaciones contenciosas,ya que las de mutuo acuerdo no van al juzgado.
El 29/4/2013 el Tribunal Supremo acaba de emitir sentencia que crea jurisprudencia,afirmando que la mejor fórmula para el menor es la custodia compartida y que salvo excepciones que sea perjudicial,esta debe ser la norma.Por tanto esta sentencia establece con claridad que el modelo de custodia debe ser preferente o como norma.La monoparental debe ser la excepción

7º-Partiendo del criterio de prioridad  o norma de la custodia compartida,al juez hay que darle criterios objetivos para asegurar el interés del menor y determinar cuando esta fórmula no es viable .

No se puede dejar a la discrecionalidad y/o ideología de cada juez un tema tan delicado y subjetivo.Por ese motivo un mismo caso en Barcelona tiene custodia compartida y en Andalucía no.

8-Debemos converger con Europa y la mayor parte de los paises contemplan la custodia compartida como norma preferente o norma general.

En Madrid a 23 de Mayo del 2013

Justo Sáenz Iñiguez.Coordinador