ONGI ETORRI-BIENVENIDOS

Bolunta - Centro Asociaciones Ganbara.C/Ronda s/n 3º planta. 48005-Bilbao


2015(e)ko urriaren 14(a), asteazkena

REUNION CON EL LEHENDAKARI Y LOS CONSEJEROS DE EMPLEO Y POLITICAS SOCIALES DEL G.VASCO


El 14 de Octubre una delegación de KIDETZA se ha reunido con el Lehendakari y los Consejeros de Justicia y Empleo y Politicas Sociales del G.Vasco.
El objetivo de la reunión era presentar y dar a conocer KIDETZA al Gobierno Vasco,así como ofrecer nuestra colaboración y solicitar su apoyo para continuar con la labor social que venimos realizando desde hace ya 16 años.
Así mismo explicitamente trasladamos al Lehendakari nuestro agradecimiento por el trabajo que la Parlamentaria del PNV,Amaia Arregui,ha realizado para lograr que la ley vasca de custodia compartida fuera aprobada.

2015(e)ko urriaren 13(a), asteartea

EL 16 DE OCTUBRE JORNADAS DE PRESENTACION DE LA LEY VASCA DE CUSTODIA COMPARTIDA EN EL PALACIO MIRAMAR DE DONOSTIA





II JORNADAS DE CORRESPONSABILIDAD  PARENTAL

LEY VASCA DE RELACIONES FAMILIARES EN SITUACIONES DE DIVORCIO
UN AVANCE DEMOCRATICO EN DEFENSA DEL INTERES DEL/LA MENOR EN EUSKADI

16- DE OCTUBRE.PALACIO MIRAMAR DE DONOSTIA

VIERNES  16 DE OCTUBRE
9:15-Entrega de acreditaciones y documentación
9:30- 10:15 Inauguración:
·         Maite Peña , Diputada de Políticas Sociales de Gipuzkoa.
·         José Luis Madrazo. Director de Familia del Gobierno Vasco
·         Manuel  Valín Director de Justicia del Gobierno Vasco
·         Justo Sáenz.Presidente de KIDETZA
10-15- 11:15 -Una ley de Participación ciudadana.Aspectos de mejora a la actual ley de ILP
Modera: Pedro Cruz. Vicepresidente de KIDETZA
·         Gorka Maneiro. Participe  de la ponencia que estudia la reforma de la ILP en el Parlamento Vasco
·         Justo Sáenz-Presidente de Kidetza
·         Luis Petrikorena.Director  de Gobierno Abierto. Lehendakaritza
11:15 – 11:30 .Descanso
11:30-12:30-La ley vasca de Corresponsabilidad Parental.
Modera: Marta Blanco Palacios. Abogada y Mediadora Familiar
·         Mercedes Guerrero Representante de la Judicatura  de la audiencia provincial deAlaba
·         .Juan Calparsoro .Fiscal Jefe del País Vasco
·         Julia Hernández Vallés .Ararteko en funciones.
·         Nuria Cervan. Miembro de Kidetza. Abogada y Mediadora Familiar. Representante  de la sociedad civil.
·         Javier StaFeMéndez. Diputado de la Junta de Gobierno ICASV.Representante de la abogacía.
13:30-16:00 – Descanso-comida.


16:00-17:30 El Funcionamiento de la ley en otras Comunidades Autónomas
Modera: Nekane Rodríguez. Jueza de Bizkaia
·         Ángel Dolado Representante de la Judicatura de Aragón.Juez decano de Zaragoza
·         Manuel Altava .Representante de la Judicatura en Valencia, Juez en excedencia. Pte de la Comisión de Justicia del Senado
·         Margarita Pérez de Salazar. Representante  de la Judicatura en Navarra.Jueza de Familia.Pamplona
·         José Antonio Seijas Quintana . Magistrado de la Sala Primera del Tribunal Supremo.
17:30 -18:30-Los Servicios de Mediación y Orientación a la Coparentalidad  :piezas clave en la negociación de los acuerdos y en resolución de los conflictos.
Modera: Elena Echeberria Ochoa de Alda. Asesora Jurídica de la Dirección de Familia del G.Vasco
·         Soraya Loza. Servicio de Mediación Familiar del Gobierno Vasco
·         Servicio de Mediación Intrajudicial del Gobierno Vasco.
·         Ohiana  Arruti, trabajadora social de Agipase y Julia Rodríguez , psicóloga de Agipase. Servicio de Orientación a la coparentalidad de Kidetza
18-30-19:00 Debate
19 horas Clausura : Agrupación Coral  Kantakidetza , Orfeón del Hospital Universitario Donostia

Matricula Gratuita por orden de inscripción
Aforo Limitado
Tfno:943292496
Email: agipase2@gmail.com






2015(e)ko uztailaren 13(a), astelehena

2015(e)ko uztailaren 9(a), osteguna

2015(e)ko uztailaren 1(a), asteazkena

LA APROBACION DE LA LEY VASCA DE CUSTODIA COMPARTIDA EN LA ETB 2-MINUTO 18-22


EL PARLAMENTO VASCO APRUEBA LA LEY VASCA DE CUSTODIA COMPARTIDA PRESENTADA POR INICIATIVA POPULAR POR KIDETZA

Euskadi cuenta ya con la ley de custodia compartida

AGENCIAS | REDACCIÓN
30/06/2015
El Parlamento Vasco ha aprobado la norma con los votos de PNV, PP y UPyD. Podrá aplicarse con retroactividad y solicitarse aunque no haya acuerdo entre los progenitores.

El Parlamento vasco ha aprobado, con los votos a favor dePNV, PP y UPyD, la ley vasca que regula la custodia compartida y establece que cada uno de los progenitores, por separado o de común acuerdo, podrán solicitar al juez la custodia compartida, sin que la oposición de uno de ellos sea obstáculo para no otorgarla.
La Federación de Euskadi de madres y padres separados-Kidetza llevó a la Cámara vasca durante la legislatura anterior, una Iniciativa Legislativa Popular (ILP) con más de 85.000 firmas para impulsar una ley de corresponsabilidad parental y relaciones familiares en casos de ruptura de la convivencia de los padres con hijos a su cargo o parejas sin hijos, conocida por ley de custodia compartida.
Tras más de tres años de tramitación parlamentaria, el grueso de la Ley se ha aprobado este martes con el respaldo de PNV, PP y UPyD, la abstención del PSE --aunque en algunos artículos han votado puntualmente en contra--- y el voto contrario de EH Bildu.
La futura ley que regulará la custodia compartida en Euskadi lleva como título ley de corresponsabilidad parental y relaciones familiares en casos de ruptura de la convivencia de los padres con hijos a su cargo o parejas sin hijos.
En su artículo octavo establece que cada uno de los progenitores por separado o de común acuerdo, podrá solicitar al juez, en interés de los hijos, que la guarda y custodia de los hijos menores o incapacitados sea ejercida de forma compartida o por uno solo de ellos.

Además, detalla que la oposición a la custodia compartida de uno de los progenitores o las malas relaciones entre ambos, "no será obstáculo ni motivo suficiente para no otorgar la custodia compartida en interés del menor". De esta forma, el juez, "a petición de parte", adoptará la custodia compartida "siempre que no sea perjudicial para el interés de los menores".
Uso de la vivienda
Respecto al uso de la vivienda, el juez atribuirá su uso teniendo encuentra "lo que sea más conveniente para el interés superior de los hijos, los criterios de necesidad de los progenitores y la titularidad de la vivienda".
En este sentido, otorgará el uso de la vivienda familiar "preferentemente" al progenitor al que le corresponda la custodia de los hijos, aunque podrá atribuirla al progenitor que sin tener la custodia, "tuviera mayores dificultades de acceso a otra vivienda", siempre que el otro tenga "medios suficientes" para cubrir la necesidad de vivienda de los hijos y fuera "compatible con el interés del menor".
No obstante, la norma precisa que la atribución de la vivienda por "razones de necesidad" se hará con carácter temporal y por un máximo de dos años, aunque este plazo es susceptible de prórroga si se mantienen las circunstancias de la persona.
Retroactividad
PNV, PP y UPyD han aprobado una enmienda que establece que la ley podrá aplicarse con anterioridad a su entrada en vigor, "cuando alguna de las partes o el Ministerio Fiscal soliciten la aplicación de esta norma y el Juez estime que se dan las circunstancias recogidas en la misma".
Estos tres partidos han defendido la ley porque supone "un paso adelante" y es, además, "absolutamente garantista". EH Bildu, por su parte, han insistido en la necesidad de "anteponer los intereses de los menores a las de los progenitores", algo que, en su opinión, no se logra con esta ley. El PSE, por último, ha considerado que la norma va a “traer problemas” y aunque creen que la ley ha mejorado en su tramitación "no es suficiente" para lograr su aval.
En declaraciones a los medios de comunicación, Kidetza se ha felicitado por la aprobación de la nueva ley porque se trata de una norma de "enorme calado social y democrático" ya que "viene a dar respuesta a la problemática de unas 50.000 personas vascas que sufren anualmente las consecuencias de las rupturas de parejas". Asimismo, ha destacado que gracias a esta nueva norma se dota al País vasco de una normativa propia que le permita dar una "atención integral" a las rupturas de las parejas con hijos.

2015(e)ko ekainaren 25(a), osteguna

2015(e)ko ekainaren 3(a), asteazkena

EL PARLAMENTO VASCO DISCRIMINA A LOS/LAS CIUDADANOS/AS DE EUSKADI

NOTA DE PRENSA DE KIDETZA

NO A LA DISCRIMINACION DEL PARLAMENTO VASCO A LOS CIUDADANOS/AS
LEY VASCA DE CUSTODIA COMPARTIDA ANTES DEL 30 DE JUNIO

Hoy leemos en la prensa que la ILP de regulación del frackin que fue registrada en el Parlamento vasco 23/12/2013 y admitida a trámite el 19/12 de 2014, va a ser debatida por el pleno del Parlamento Vasco este mes de Junio.
KIDETZA se congratula de que el Parlamento vasco de respuesta en 6 meses a una demanda ciudadana como es la de regular el fraking pero quiere denunciar el trato discriminatorio que se está dando a la iniciativa legislativa popular de corresponsabilidad parental que fué registrada en Marzo del 2011,admitida como proyecto de ley el 28 de Junio del 2012 y 3 años despues está sin ser debatida por la cámara.
Es incomprensible e inadmisible desde una perspectiva democrática o social que una iniciativa legislativa popular se tramite en 6 meses y otra lleve 3 años sin todavía tener fecha fija de debate en el pleno.Es inadmisible que el parlamento vasco discrimine las peticiones de unos ciudadanos frente a las de otros.
Kidetza se va a manifestar una vez más delante del Parlamento vasco el 11 de Junio a las 18 horas, para exigir una ley vasca de custodia compartida antes del 30 de Junio.
En Donostia a 3 de Junio del 2015

S.Prensa

2015(e)ko maiatzaren 20(a), asteazkena

LA CUSTODIA COMPARTIDA CONLLEVA MENOS PROBLEMAS PARA LOS HIJOS/AS DESPUS EL DIVORCIO

Custodia compartida: menos problemas para los hijos después del divorcio


Mientras los niños de padres separados desarrollan más problemas psicosomáticos que los de familias nucleares, aquellos con custodia compartida tienen menos dificultades que los que viven con el padre o la madre solamente.
Un equipo de investigadores de Suecia analizó los resultados de una encuesta realizada en el 2009 a casi 150,000 alumnos de sexto y noveno grados para conocer cómo la organización familiar influía en la aparición de enfermedades psicosomáticas.
“Analizamos la calidad de vida, la salud y la salud mental y observamos que los niños y los padres están mejor cuando ambos (padre y madre) se ocupan alternadamente de los hijos después de la separación”, dijo la autora principal, Malin Bergstrom, del Centro para los Estudios de Equidad en Salud de la Universidad de Estocolmo y del Instituto Carolino.
Según publican los autores en Journal of Epidemiology and Community Health, el 69% de los 147,839 niños vivían con ambos padres en familias nucleares, mientras que el 8% lo hacía principalmente con uno de sus padres y el 13% convivía sólo con el padre o la madre.
La mayoría de los que vivían con uno de los padres lo hacía con la madre y alrededor del 16% ese grupo vivía con el padre.
De los niños que vivían con uno solo de sus padres, la mayoría era de noveno grado. Y los que lo hacían solamente con el padre o la madre eran los que más trastornos psicosomáticos desarrollaban y los que más padecían esos problemas de manera constante o frecuente.
Los trastornos del sueño eran los problemas más comunes: los padecían 22% de los niños que vivían con uno de los padres, y 19% de los niños que vivían la mayoría del tiempo con uno de los padres. Pero sólo 14% de los niños con custodia compartida tenían problemas de sueño, contra 13% de los niños de familias nucleares.
Tendencia similar se observó con los dolores de cabeza, que afectaban al 19% de los niños que vivían con uno de sus padres, al 14% de los niños con custodia compartida y al 12% de los niños de familias nucleares.
Dado que las enfermedades psicosomáticas están asociadas con el estrés, los autores esperaban detectar más síntomas en los niños con custodia compartida. “Nos sorprendió que los niños que se mudan con frecuencia entre dos hogares tengan menos estrés que los que tienen un solo hogar”, dijo Bergstrom.
Una limitación del estudio, de acuerdo con los investigadores, es la falta de datos sobre el nivel socioeconómico de las familias o el nivel de conflicto o cooperación entre los padres, ni cuándo las parejas se habían separado.

CONCENTRACION DE AGIPASE DEL DIA 14 DE MAYO POR UNA LEY VASCA DE CUSTODIA COMPARTIDA ANTES DEL 30 DE JUNIO EN ETB


2015(e)ko maiatzaren 4(a), astelehena

NURIA CERVAN ,ABOGADA DE KIDETZA EN ETB 1HORA Y 24 MINUTOS


AGUIRREGOMEZKORTA A FAVOR DE LA CUSTODIA COMPARTIDA


Radio Euskadi BOULEVARD Agirregomezkorta: 'La custodia compartida se debe decidir en igualdad' 21/11/2014 En entrevista al Boulevard de Radio Euskadi, el actor Andoni Agirregomezkorta se ha mostrado partidario de la custodia compartida. Ha dicho que es un tema que debe decidirse en condiciones de igualdad y que, como padre separado, quiere participar en la educación de sus hijos. Sobre su faceta profesional, se ha mostrado satisfecho por su papel en la comedia "Dos a la carta", que se estrena este fin de semana, y ha considerado "puntual" el buen momento que viven los actores vascos. En este sentido ha lamentado que hay actores vascos buenísimos que no han tenido ninguna oportunidad.

CARMEN SERRANO EN TV1


2015(e)ko martxoaren 23(a), astelehena

EN EL DIA DEL PADRE

TRIBUNA ABIERTA

Un objetivo: una sociedad mejor para nuestros hijos

POR JUSTO SAENZ IÑIGUEZ - Jueves, 19 de Marzo de 2015 - ACTUALIZADO a las 06:02h

EN marzo del 2010, un grupo de madres y padres divorciados -Kide-tza- INICIARÍA una campaña informativa, de búsqueda de apoyos institucionales y de sensibilización social con el objetivo de que en el País Vasco se pudiera legislar y dar respuesta a la problemática de todo tipo que los divorcios conllevan y que en el País Vasco afecta a unas 50.000 personas al año. Según datos de 2014, con 5.063 divorcios, con una contenciosidad elevada en Alava y Bizkaia del 40%, con un aumento de las peticiones de custodia compartida y modificación de medidas debido a la crisis económica, con impagos de PENSIONES alimenticias en torno al 32% y con la necesidad de vivienda de un colectivo que en porcentaje alto pasa a vivir con sus padres.
En Marzo del 2011, ante la pasividad de la clase política, REGISTRAMOS en el Parlamento Vasco una iniciativa legislativa popular de Corresponsabilidad Parental que aborda de forma global e integral la problemática que afecta a las personas en situación de conflicto familiar y tiene como principios fundamentales la defensa de los derechos de los menores, el avanzar en igualdad, profundizar el autogobierno del País Vasco y fomentar la participación ciudadana en el desarrollo legislativo tal como prevé el reglamento de la Cámara vasca.
En Marzo de 2012, presentamos las 85,000 firmas que avalarían el proyecto y tres años después estamos con un proyecto de ley sin aprobar y con partidos políticos como el PSOE, que hacen lo posible por obstaculizar la tramitación del mismo.
Las conclusiones que hemos sacado en estos años son las siguientes:
- La clase política vasca no responde con prontitud a las demandas sociales o las ignora. Pese a llevar cinco años exponiéndoles la situación y a UNA propuesta articulada de solución, todavía estamos sin aprobar la ley, cuando otras Comunidades Autónomas como Cataluña, Aragón, Valencia o Navarra lo han legislado en menos de un año.
- Los menores son los grandes olvidados. Recuerdo como propusimos en el Parlamento Vasco allá por 2007 la creación de un fondo de garantía social para situaciones de impago de PENSIONES alimenticias a los menores y que sería aprobado por unanimidad en 2008. Hoy todavía, el Gobierno vasco no lo ha puesto en marcha. Esta propuesta de ley tiene como objetivo fundamental defender los derechos de los menores y protegerlos en los conflictos de las parejas. Sin embargo algunos grupos políticos no muestran ningún interés y a veces solo los utilizan con fines electorales.
- Falta de coherencia en algunos grupos políticos. Algunos, como el PSOE defienden la custodia compartida como norma preferente en otras comunidades autónomas o instituciones vascas y en el Parlamento Vasco, no. Otros, como Aralar y EA, hemos visto CÓMO apoyaban la custodia compartida en todas las instituciones y tras integrarse en EH-Bildu están en contra. No obstante, PNV, PP y UPyD mantienen la palabra dada.
- Falta de transparencia y obstrucción a la participación. El reglamento del Parlamento Vasco recoge con claridad que la entidad proponente tiene el derecho a presentar y defender su proposición de ley en el pleno. Asímismo, posibilita que esté presente en la tramitación de la ley, tanto en la comisión como en la ponencia, con voz y sin voto. Sin embargo la mesa del Parlamento ha denegado el ejercicio de este derecho, que otras autonomías tienen regulado para que la INICIATIVA popular pueda ser defendida por los ciudadanos/as que la presentaron.
Asímismo no se nos informa para nada del ESTADO de la tramitación del proyecto de ley y llegamos a la situación incomprensible que después de cuatro años de entrar en la Cámara vasca un proyecto por iniciativa popular, está todavía sin aprobar, siendo los ciudadanos con nuestra presión y movilizaciones los que logramos que su tramitación vaya avanzando poco a poco.
Todo ello pone de manifiesto que debe cambiar el concepto de la política y avanzar en democracia. Los políticos deben estar para solucionar los problemas de los ciudadanos y para ello son medidas claves la limitación de mandatos, las listas abiertas, la elección de primarias y la dedicación política en su circunscripción. De otra parte, deben arbitrarse medidas efectivas de participación real de los ciudadanos como la creación de un escaño específico para que los ciudadanos PUEDAN defender sus iniciativas legislativas o de normas en los diferentes foros políticos, en igualdad de condiciones que los electos, siempre que CUENTEN con el número de firmas suficientes.
En el Día del Padre, por tanto, deseamos que nuestros hijos y toda la ciudadanía vasca podamos tener pronto una ley vasca de custodia compartida y una reconversión en los PARTIDOS políticos que nos permita avanzar en democracia.

2015(e)ko martxoaren 6(a), ostirala

CONSIDERACIONES EN TORNO AL CARNET DE FAMILIA NUMEROSA EN LOS DIVORCIOS

Es posible formar familia numerosa con tu nueva pareja.
Si anteriormente ya constituían familia numerosa reconocida, y se produce una separación o divorcio, existe la obligación legal de comunicar el cambio de circunstancias a la Administración Autonómica correspondiente, para ello existe un plazo de tres meses. Ello no es obstáculo, para constituir nuevamente familia numerosa con la nueva pareja, sus hijos y los tuyos, si se dan las circunstancias.
Se establece en el artículo 2 de la Ley 40/2003 que, con carácter general,podrá constituir familia numerosa aquella compuesta por el padre o la madre separados o divorciados, con tres o más hijos, sean comunes o no, aunque estén en distintas unidades familiares, siempre que se encuentren bajo su dependencia económica, aunque no vivan en el domicilio conyugal.
Es decir, se precisa la concurrencia de los siguientes elementos:
  • padre o madre divorciado
  • tres o más hijos
  • comunes o no (propios o de la nueva pareja)
  • aunque pertenezcan a otra unidad familiar (a efectos fiscales)
  • dependencia económica (pensión de alimentos fijada judicialmente)
  • aunque vivan con el otro progenitor (custodia exclusiva)
En este supuesto, el progenitor que opte por solicitar el reconocimiento de la condición de familia numerosa, proponiendo a estos efectos que se tengan en cuenta hijos que no convivan con él, deberá presentar la resolución judicial en la que se declare su obligación de prestarles alimentos.
Las principales novedades que se incorporan en esta ley, se refieren al concepto de familia numerosa a efectos de la misma, ya que se incluyen nuevas situaciones familiares (supuestos de monoparentalidad, ya sean de origen, ya sean derivados de la ruptura de una relación matrimonial por separación, divorcio o fallecimiento de uno de los progenitores; familias reconstituidas tras procesos de divorcio), se introduce una equiparación plena entre las distintas formas de filiación y los supuestos de acogimiento o tutela.
Se establece igualmente que, en el caso de que no hubiera acuerdo de los padres, sobre los hijos que deban considerarse en la unidad familiar, operará el criterio de convivencia. Es decir, que la pareja que se separa o divorcia, si al rehacer sus vidas con otras personas, cumplen ambos con los requisitos para solicitar el título de familia numerosa, se otorgará a quien tenga la custodia en exclusiva.
Pero, ¿qué ocurre en los casos de custodia compartida fijada judicialmente, cuando ambos progenitores, al rehacer sus vidas, tienen la posibilidad de solicitar el título de familia numerosa? A este respecto, y ante la idea de incluir al/los menores en ambas familias numerosas, pesa la norma de que nadie podrá ser imputado, a los efectos de esta Ley 40/2003, de 18 de noviembre, en dos unidades familiares al mismo tiempo.
Entiendo que, en estos casos, de nuevo conflicto entre los progenitores, se deberá acudir al Juzgado con el propósito de resolver la cuestión, y es el Juez, quien decidirá a cual de los progenitores se le otorgará el beneficio de obtener el título de familia numerosa. Y entiendo que esta decisión, se tomará apreciando distintos elementos, como los recursos económicos de cada uno, número de miembros de la unidad familiar, circunstancias específicas de cada familia, etc.
Debemos tener presente en este punto, que la ley reguladora de Protección a las Familias Numerosas es de 2003, y es en esta década de 2010, cuando se ha empezado a entender la custodia compartida, como el modelo más apropiado para regular las relaciones entre progenitores e hijos. Es el modelo que más se asemeja a la situación previa, anterior a la separación o divorcio. Y el modelo más igualitario entre los progenitores, ya que no desacredita a uno respecto al otro, como ocurre en los casos de custodias exclusivas.
Es la comunidad autónoma de residencia del solicitante, la competente para el reconocimiento de la condición de familia numerosa (art. 5.2 Ley 40/2003). No obstante, nos podemos encontrar entre las exigencias para la obtención del título de familia numerosa, requisitos como el siguiente, que nos encontramos en la web institucional del Gobierno de Canarias y más concretamente, de la Dirección General de Dependencia, Infancia y Familia:Si hubiera variación de la Unidad Familiar se tendrá en cuenta aportar acuerdo del padre o la madre en los casos en los que los hijos no convivan con ellos, debiéndose acreditar mediante comparecencia de ambos ante funcionario público, con identificación de D.N.I.
Es éste, un requisito que no viene recogido en ninguno de los artículos de la Ley 40/2003 de Protección a las Familias Numerosas, ni en el Real Decreto 1621/2005 por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 40/2003 y es por ello, que no entendemos el motivo de que lo soliciten.
En otro orden de cosas, sí apreciamos un avance hacia la igualdad, y hacia la equiparación de los distintos tipos de familia, incluyendo en el ámbito del título de familia numerosa, aquella unión no matrimonial, consistente en la pareja de hecho, y en este sentido se solicita un simple certificado del Registro de Parejas de Hecho de la comunidad autónoma del domicilio del solicitante.
Abogado Col. 5122 Icatf
Referencias:
  • La protección social ante los nuevos modelos de familia: El caso de los hogares recompuestos. Investigadora principal: Ana Mª Rivas Rivas.
  • Análisis de los modelos de custodia derivados de situaciones de separación y divorcio en España. Investigadora responsable: Anabel Suso Araico