Da la razón al padre y declara que está «tan capacitado para la crianza y cuidado» de la menor como su ex pareja
 
 25.03.12 - 01:31 - 
       
ROSA CANCHO | VITORIA.
 
 Comunidades autónoma como Aragón, Cataluña, Valencia o  Navarra tienen leyes propias que establecen que ante un caso de divorcio  que acabe en los tribunales por la falta de acuerdo de los  progenitores, la custodia compartida de los hijos es la opción  preferente. En el País Vasco, la federación de padres y madres separados  Kidetza ha reunido casi 40.000 firmas para instar al Parlamento vasco a  que siga ese ejemplo. Todos los partidos, salvo el PSE, parecen  dispuestos a elaborar un proyecto de ley. Muy pronto, por mediación de  UPyD, los parlamentarios escucharán a Koldo Meabe, un padre de Ortuella  que ha estado 41 días en huelga de hambre para reclamar la igualdad en  el cuidado de su hijo de 4 años. También el fiscal superior de justicia  del País Vasco, Juan Galparsoro, defiende que «la mejor manera de  proteger a los menores es la custodia compartida».
 Es en este contexto en el que una juez de Vitoria ha  emitido un fallo a favor de la responsabilidad igualitaria, pionero en  la provincia y que puede abrir una vía para quienes se encuentren en  esta situación, según explica el abogado Ángel Sáez de Asteasu. Cuando  las partes llegan a un acuerdo sobre el reparto paritario de los  cuidados a los hijos, el juez lo incluye en sus sentencias. Pero eso  solo ocurre en el 8% de los 650 divorcios que se registran en Álava cada  año. La mayoría de las veces es la madre la que asume la custodia y es  el padre el que debe abandonar el domicilio conyugal y conformarse con  ver a los menores los fines de semana alternos y en vacaciones.
  Demasiados requisitos  
 Y es que cuando una madre reclama ante el juez, éste por  lo general le da la razón. Aunque el Código Civil recoge desde 1995 la  figura de la custodia compartida, explica Sáez de Asteasu, se tienen que  dar una serie de requisitos que en la práctica la dificultan. Así, debe  haber un informe favorable del fiscal y del equipo técnico psicosocial y  el magistrado también tiene que abogar por ese criterio. «Y, además,  existe una especie de norma no escrita que es que la mala relación entre  las partes torpedea la custodia compartida, lo que deja la palabra  última un poco en manos de la madre», asegura el letrado vitoriano.
 Pues bien, en este caso se han cumplido los requisitos,  pero la juez ha ido más allá, porque a pesar de que la madre ha alegado  mala relación con su expareja, ha entendido que ésta está motivada por  la crisis matrimonial y que ambas partes podrán adaptarse a la nueva  situación. «La experiencia demuestra que la asignación de custodias  unilaterales en estas circunstancias tampoco sirve para mejorar las  deterioradas relaciones interpersonales y, lo que es más importante, las  paterno/materno filiales», dice la titular del juzgado de Primera  Instancia número 8.
  Prima el interés de la niña 
 La juez advierte a los progenitores que en el proceso  debe «primar» el interés de la hija pequeña que tienen en común y  analiza cómo han asumido sus responsabilidades cada miembro de la pareja  hasta su separación. Entre otras cuestiones, el padre era el encargado  de llevar a la niña al colegio por las mañanas y garantizó tener  flexibilidad laboral. Así, la juez ve «absolutamente legítimo para el  padre -que hasta ahora por el acuerdo de las partes ha venido más  volcado cuantitativamente hablando en sus quehaceres profesionales, pero  del que no ha quedado acreditada tacha alguna en cuanto al cumplimiento  de sus obligaciones para con su hija- pretender un total integración en  las relaciones con su hija en condiciones iguales a las que ostente la  madre». «Ambos están capacitados para la crianza y cuidado de la menor  en condiciones de igualdad y ello favorecerá su desarrollo», concluye.
 La buena situación económica de los dos progenitores  ayuda a que la juez determine que se hagan cargo de la niña una semana  cada uno y luego establece cómo se deben organizar en los periodos  vacacionales. Y, además, consciente de que puede haber dificultades en  el proceso de adaptación, conmina a los ex cónyuges a hacer un esfuerzo y  les invita a acudir al servicio de mediación interjudicial en caso de  conflicto. El fallo es apelable.
  
 
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