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REFLEJO EN LA PRENSA DEL LOGRO FISCAL DE AGIPASE

ECONOMÍA

Gipuzkoa acaba con la discriminación fiscal a los divorciados en la vivienda

El pacto PNV-PSE-PP permite a los dos cónyuges acogerse a la exención por reinversión en vivienda habitual, una medida demandada por Agipase que solo se ha aprobado en Gipuzkoa

29.03.14 - 00:33 -
Lo que cambia un párrafo de cinco líneas en una reforma del IRPF de 117 páginas. Gipuzkoa es desde 2014 el único territorio vasco y del Estado que ha puesto fin a la discriminación fiscal que sufrían las personas divorciadas -por regla general los hombres- a la hora de adquirir una nueva vivienda habitual. A partir de este año, una vez que la pareja vende el domilicio familiar, ambos cónyuges podrán acogerse a la exención por reinversión en vivienda habitual, lo que permitirá ahorrarse una media de 30.000 euros a los miembros de la pareja que no se quedaron con la custodia de los hijos y tuvieron que abandonar su domicilio familiar.
El cambio fue introducido prácticamente en el último minuto de la reforma del IRPF que PNV, PSE y PP aprobaron a mediados de enero. Dentro del bloque de enmiendas que se añadió para reforzar las especificidades forales de Gipuzkoa, los tres partidos incorporaron en el artículo 49 de la normativa un nuevo supuesto que ampliaba la exención de la reinversión en vivienda habitual a los contribuyentes separados. La medida recogía así una reivindicación histórica de la Asociación de Padres y Madres Divorciados de Gipuzkoa (Agipase), que hoy valorará la modificación, y que siempre han denunciado sentirse «discriminados» en el IRPF.
La asociación recuerda que cuando una pareja se divorcia, en el 86% de los casos la custodia y el uso de la vivienda se adjudica a la madre hasta que los hijos se independizan económicamente -es decir cuando cumplen 26 o más años-, mientras que en el 6,5% la reciben los padres. «El 86% de los padres deben salir del hogar conyugal y seguir pagando la mitad de la hipoteca y la pensión. Con lo que le queda debe buscarse un nuevo alojamiento y sobrevivir, a veces en situaciones muy penosas», subraya Agipase. «La guinda de la discriminación y la injusticia -a su juicio- la ponían las haciendas forales» cuando llegaba el momento de vender el hogar familiar.
Así, la normativa fiscal sólo ha permitido hasta ahora que el progenitor custodio pudiera desgravarse esa venta en la adquisición de una nueva vivienda habitual, una medida que obligaba, por regla general, al exmarido a pagar más impuestos al considerar Hacienda la operación como un incremento extraordinario de su patrimonio.
Ejemplo sencillo
Poniendo un ejemplo muy sencillo, si una pareja compró en el año 2000 una vivienda por 100.000 euros y la vendió en 2013 por 200.000 -sin contar gastos de la operación o posibles cargas hipotecarias-, los 100.000 de ganancia patrimonial quedaban para la exmujer exentos de tributación si se compraba una nueva vivienda habitual. En cambio, para el exmarido se consideraba como una renta extraordinaria que debía incorporarse a la base de ahorro del IRPF y tributar por tanto al 25%. Es decir, pagar 25.000 euros en impuestos. «Así resultaba imposible que el marido se comprara una casa digna donde vivir», denuncia Agipase.
Con la reforma, ambos excónyuges podrán acogerse desde este mismo año a la exención por reinversión en vivienda habitual. Y lo harán sólo en Gipuzkoa. Ni Bizkaia ni Álava han incorporado esta cláusula en su nueva normativa del Impuesto de la Renta. «Esta medida va a beneficiar a muchísima gente», se felicita la Asociación de Padres y Madres Divorciados de Gipuzkoa.
Cuando una pareja se divorcia, en el 86% de los casos la custodia y el uso de la vivienda se adjudica a la madre hasta que los hijos se independizan económicamente, es decir cuando cumplen 26 o más años. En el 6,5% de los casos, son las madres las que deben abandonar el hogar.
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